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REGIMEN JUBILACIONES ESPECIALES
13-08-2020
TRABAJADORES PRIVADOS O DE ENTIDADES NACIONALES
REGIMEN JUBILACIONES ESPECIALES – TRABAJADORES PRIVADOS O DE ENTIDADES NACIONALES
Por medio de la Resolución SSS 321/80 se incorpora a lo previsto en el art. 1 inc. f del Decreto 4257/68 a los trabajadores que se desempeñen en hospitales o sanatorios en las secciones destinadas a tareas de radioscopia.
Este régimen diferencial establece que la edad mínima para acceder al beneficio jubilatorio será el siguiente:
- HOMBRE: 55 años.
- MUJER: 52 años.
- Años de servicios en tareas de radioscopia: 30 Años.
- Están excluidos del Régimen Diferencial las personas ocupadas en tareas de Rx convencional .
- En el caso de no contar con 30 años de servicios en tareas de radioscopia, la edad puede aumentar o disminuir, en razón de los aportes que tengan en otros regímenes.
REQUISITOS QUE DEBE PRESENTAR PARA OBTENER LOS BENEFICIOS JUBILATORIOS:
- Certificación de Remuneración y Servicios (Otorgado por la Oficina de Personal donde el Profesional se desempeña) Si se desempeñara en dos o más Instituciones, el Certificado de cada lugar de trabajo.
- Solicitar a la Oficina de Personal donde se desempeña le redacte un Certificado que indique que se desempeña en el Servicio como Técnico radiólogo, lic. en bioimágenes especializado en hemodinamia, arco en C, seriografo o actividad vinculada a la radioscopia.
- Recibos de haberes. Tener en cuenta que por desarrollar tareas de Radioscopia los descuentos jubilatorios efectuados por el empleador deben ser del 13%, cuando en el régimen general es del 11%.
- Debe solicitar turno en el AFIP, para obtener su Clave Fiscal, y al momento de asistir, llevar DNI y copia del mismo.
- El Profesional podrá y deberá entrar a Su Página del ANSES y corroborar en Antecedentes - Historia Laboral que los aportes realizados por el Empleador hayan sido realizados en tiempo y forma. (En caso de no tener, deberá ingresar a la página www.anses.gob.ary gestionar la Clave por Única vez.
- Una vez que pueda acreditar en papel todos los requisitos antes enunciados, deberá solicitar turno de INICIO DE JUBILACION en las oficinas del ANSES correspondiente a su Localidad y presentarse allí el día y hora indicado en el turno con toda la documentación.
- Este inicio de Tramite Jubilatorio por el REGIMEN DE JUBILACIONESESPECIALES enunciados anteriormente, SOLO lo podrán solicitar aquellos Profesionales que se desempeñan a nivel Nacional o en el ámbito Privado cuyas deducciones de Haberes sean aportadas a la caja del ANSES. Estan excluidos los Profesionales que trabajen en Hospitales Públicos Provinciales o aquellas Instituciones cuyo aportes sean realizados a la Caja de Jubilación de cada Provincia.
- Se recomienda que al momento de comenzar a realizar el Trámite de Jubilación Especial, sea asesorado o acompañado por un Abogado especializado en Previsión Social para obtener un mejor Asesoramiento Legal.
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